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institución:MUNICIPALIDAD DE ASERRI
 
tipodocumento:BE Autorización de Compra Directa
 

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PAGE 2 DIVISION DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio Nº 5 2 2 8 22 de mayo, 2007 DCA-1678 Licenciado. Mario Morales Guzmán. Alcalde Municipal. Municipalidad de Aserrí. Aserrí Estimado señor: Asunto: Se otorga una prórroga no mayor a tres meses para comprar en forma directa la finca “La Palmira”, las demás condiciones del oficio 2103-2007 permanecen invariables. Damos respuesta a su oficio MA 306-07 de 7 de mayo de 2007, mediante el cual solicita una prórroga a la autorización 2103-2007 (DCA0766) de 1° de marzo del presente año, para comprar en forma directa la finca La Palmira. I.-Antecedentes y Justificaciones de su solicitud: Como antecedentes y razones dadas para justificar la solicitud, se señalan: 1) Que mediante oficio 17951-2006 no se autorizó la compra de la finca La Palmira por no haberse demostrado, de acuerdo al artículo 71 de la Ley de Contratación Administrativa, que el inmueble fuera el único propio para la finalidad propuesta. 2) Que mediante oficio 2103 de 1° de marzo de 2007, se autorizó la compra de la Finca La Palmira por un monto de ¢39.657.947,00, según avalúo de la Dirección General de Tributación Directa AV. ADM. N° 002-2006, Exp. 2674, por haberse subsanado la omisión original. 3) Que mediante oficio MA 306-07 de 7 de mayo de 2007, esa Corporación Municipal solicitó una prórroga al plazo concedido en nuestro oficio 2103-2007 para instrumentar en escritura pública la compra de dicha finca, en razón de que el presupuesto extraordinario 2-2007, en el cual se incluyeron los recursos correspondientes a esta compra, fue aprobado con oficio 04250-2007 y recibido en la Municipalidad de Aserrí el 4 de mayo de 2007, por lo que se requerirá de un plazo prudencial para realizar los trámites correspondientes, con el fin de gestionar la compra. 4) Que el 16 de mayo de 2007, se recibió una nota suscrita por el señor Rafael Fallas Ch, quien dice se ...
Fecha publicación: 27/05/2007
Fecha emisión: 22/05/2007
Documento: 05228-2007.doc
Institución: MUNICIPALIDAD DE ASERRI
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: AUTORIZACIONES DE CONTRATACIÓN DIRECTA
Proceso: TRAMITE DE SOLICITUDES DE AUTORIZACION DE CONTRATACION DIRECTA


PAGE 3 DIVISION DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio Nº 2 1 0 3 01 de marzo, 2007 DCA-0766-2007 Licenciado. Mario Morales Guzmán. Alcalde Municipal. Municipalidad de Aserrí Estimado señor: Asunto: Se autoriza la compra en forma directa de la finca “La Palmira”, por un monto de ¢39.657.947, dado que, según esa Municipalidad, y de acuerdo con el artículo 71 de la Ley de Contratación Administrativa, ese inmueble cumple con ser el único propio para la finalidad propuesta. Nos referimos a su oficio MA-097-07 de 12 de febrero del 2007, complementado a solicitud nuestra por documentos recibidos el 27 de febrero de 2007, mediante el cual solicita nuestra autorización para comprar mediante contratación directa la finca “La Palmira”, por un monto de ¢39.657.947,00 según avalúo de la Dirección General de Tributación Directa AV. ADM.N°002-2006, EXP N° 2674. I.-Antecedentes de la solicitud. De importancia para la resolución de la presente gestión cabe resaltar los siguientes elementos: 1) Que el préstamo para la compra de la finca “La Palmira” fue aprobado mediante documento de préstamo 1-T-1264-0506 (oficio SG-127-06 de fecha 8 de junio de 2006) por parte del IFAM y por un monto total de ¢40.467.292,86. 2) Que el objetivo de la compra de la finca La Palmira es “proteger las áreas de recarga de uno de los sistemas más importantes de abastecimiento de agua potable de este cantón” 3) Que mediante oficio 5570-2006 de 2 de mayo del 2006, la División de Fiscalización Operativa y Evaluativa, Área de Ingresos Públicos, determinó que la contratación de empréstitos municipales no deberán ser remitidos a esta Contraloría para autorización previa. (folio 038) 4) Que el avalúo de la Dirección General de Tributación Directa, número de oficio AV-013-2006, dice que el avalúo N°002-2006 realizado al inmueble de la Provincia de San José, Cantón y Distrito de Aserrí, propiedad de Corporaci ...
Fecha publicación: 05/03/2007
Fecha emisión: 26/02/2007
Documento: 02103-2007.doc
Institución: MUNICIPALIDAD DE ASERRI
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: AUTORIZACIONES DE CONTRATACIÓN DIRECTA
Proceso: TRAMITE DE SOLICITUDES DE AUTORIZACION DE CONTRATACION DIRECTA


PAGE 2 DIVISIÓN DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 17951 22 de diciembre, 2006 DCA-4219-2006 Licenciado. Mario Morales Guzmán. Alcalde Municipal. Municipalidad de Aserrí Estimado señor: Asunto: No se autoriza la compra en forma directa de la finca “La Palmira”, por un monto de ¢39.657.947, dado que no ha demostrado esa Municipalidad, de acuerdo con el artículo 71 de la Ley de Contratación Administrativa, que el inmueble sea el único propio para la finalidad propuesta. Nos referimos a su oficio MA- 795-2006 de 23 de noviembre de 2006, complementado a solicitud nuestra por oficio N° MA-878-2006 de 21 de diciembre de 2006, y mediante el cual solicita nuestra autorización para comprar mediante contratación directa la finca “La Palmira”, por un monto de ¢39.657.947 (folio 53), según avalúo de la Dirección General de Tributación Directa N° AV. ADM.N°002-2006, EXP N° 2674. I. ANTECEDENTES DE LA SOLICITUD. De importancia para la resolución de la presente gestión cabe resaltar los siguientes elementos: 1) Que el préstamo para la compra de la finca “La Palmira” fue aprobado mediante documento de préstamo 1-T-1264-0506 (oficio N° SG-127-06 de fecha 8 de junio de 2006) por parte del IFAM y por un monto total de ¢40.467.292,86. 2) Que el objetivo de la compra de la finca La Palmira es “proteger las áreas de recarga de uno de los sistemas más importantes de abastecimiento de agua potable de este cantón” 3) Que mediante oficio N°5570-2006 de 2 de mayo del 2006, la División de Fiscalización Operativa y Evaluativa, Área de Ingresos Públicos, determinó que la contratación de empréstitos municipales no deberán ser remitidos a esta Contraloría para autorización previa. (folio 038) 4) Que el avalúo de la Dirección General de Tributación Directa, número de oficio AV-013-2006, dice que el avalúo N°002-2006 realizado al inmueble de la Provincia de San José, Cantón y Distrito de Aserrí, propiedad de Corporación In ...
Fecha publicación: 12/01/2007
Fecha emisión: 21/12/2006
Documento: 17951-2006.doc
Institución: MUNICIPALIDAD DE ASERRI
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: AUTORIZACIONES DE CONTRATACIÓN DIRECTA
Proceso: TRAMITE DE SOLICITUDES DE AUTORIZACIONES VARIAS EN CONTRATACION ADMINISTRATIVA


PAGE 3 DIVISIÓN DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 17396 18 de diciembre, 2006 DCA-4081-2006 Señor Luis Vargas Salazar Alcalde Municipal Municipalidad de Aserrí Estimado señor: Asunto: No se autoriza la contratación directa con la empresa EBI de Costa Rica, para el tratamiento y disposición de desechos sólidos por 1500 toneladas. Nos referimos a su oficio MA-755-06 de fecha 14 de noviembre del 2006,complementado a solicitud nuestra por oficio MA-813-06 de 1° de diciembre de 2006, y por oficio MA-841-06 de 8 de diciembre de 2006, mediante el cual solicita nuestra autorización para contratar en forma directa a la empresa EBI de Costa Rica por 1500 toneladas de deshechos sólidos, de conformidad con el acuerdo #01-28 de la Sesión Ordinaria N° 28, celebrada el 13 de noviembre del 2006. I. ANTECEDENTES DE LA SOLICITUD. De importancia para la resolución de la presente gestión cabe resaltar los siguientes elementos: 1) Que la oferta de Ebi de Costa Rica es de ¢5.985,00 la tonelada, y la contratación sería por ¢8.977.500, para este año. 2) Que existe un contenido presupuestario ¢11.315.266,43 en la partida “Otros Servicios de Gestión y Apoyo” 3) Se opta por la empresa EBI dado que es la única que está operando en el área metropolitana, ya que WPP está en Alajuela y los gastos de traslado se incrementan, por lo que la proposición está basada en las ofertas de ambas empresas. 4) En la resolución administrativa 3-2006 se aclara lo solicitado por ese Despacho en oficio 2006004668-2006. 5) Se adjunta el cronograma que se va a llevar a cabo para el proceso de tratamiento de desechos sólidos de la Municipalidad. 6) Que en relación con nuestro oficio N° 2006006484 en donde se hicieron varios cuestionamientos a esa Municipalidad, las respuestas fueron las siguientes: al punto b) En relación con quién ha estado prestando el servicio desde abril del presente año a la fecha, se nos informa que es EBI, esto debi ...
Fecha publicación: 22/12/2006
Fecha emisión: 12/12/2006
Documento: 17396-2006.doc
Institución: MUNICIPALIDAD DE ASERRI
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: AUTORIZACIONES DE CONTRATACIÓN DIRECTA
Proceso: TRAMITE DE SOLICITUDES DE AUTORIZACION DE CONTRATACION DIRECTA


PAGE 2 DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 15653 9 de noviembre de 2006 DCA-3550 Ing. Luis Fernando Cervantes Umaña Departamento de Acueducto de Aserrí MUNICIPALIDAD DE ASERRÍ Estimado señor: Asunto: Se deniega autorización para atención de fuga en la tubería de distribución del acueducto de Aserrí, en el tanto los supuestos corresponden al caso del artículo 79.6 del Reglamento General de Contratación Administrativa. Nos referimos a su oficio s/n del 2 de noviembre de 2005, mediante el cual nos solicita autorización de contratación directa con carácter de emergencia, de un back hoe y por un monto aproximado de ¢100.000.00 (cien mil colones), para reparar una fuga en la tubería de distribución del acueducto de Aserrí. I. Justificaciones de la solicitud. Señala que por tratarse de una fuga de esa naturaleza, se afecta el servicio de agua potable y deteriora la carretera pavimentada. Agrega que se requiere este tipo de maquinaria, toda vez que las tuberías se encuentran a más de 1.5 metros de profundidad y el pavimento de la carretera cuenta con más de 30 m de grosor. También solicita que, se le indique cómo proceder en circunstancias similares muy comunes en la operación de un acueducto y en vista de que la Municipalidad no cuenta con la maquinaria adecuada. II. Criterio del Despacho. En relación con su solicitud, debemos indicar que el artículo 79.6 del Reglamento General de Contratación Administrativa, regula justamente este tipo de situaciones, en donde resulta claro se afecta gravemente la prestación de un servicio público esencial como puede lo es el servicio de agua potable a las comunidades. Al respecto, dispone ese numeral reglamentario que: “Las contrataciones necesarias para enfrentar situaciones totalmente imprevisibles que afecten o amenacen gravemente la continuidad de los servicios públicos esenciales. En estos casos, la Administración podrá efectuar de inmediato las contrataciones que resul ...
Fecha publicación: 12/11/2006
Fecha emisión: 09/11/2006
Documento: 15653-2006.doc
Institución: MUNICIPALIDAD DE ASERRI
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: AUTORIZACIONES DE CONTRATACIÓN DIRECTA
Proceso: TRAMITE DE SOLICITUDES DE AUTORIZACION DE CONTRATACION DIRECTA